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Buscan deslindar a conductores de sanciones por fallas en infraestructura vial

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Chihuahua.- El diputado Jorge Soto del grupo parlamentario de Partido Acción Nacional propuso una iniciativa con carácter de decreto para modificar la Ley de Vialidad y Tránsito con el fin de deslindar responsabilidades cuando el siniestro vehicular haya derivado directamente de un desperfecto de la infraestructura vial.

En el documento que contiene la iniciativa, Jorge Soto expuso como motivos las razones naturales por las cuales las vialidades se desgastan y generan desperfectos en el asfalto —sin importar que las autoridades correspondientes lleven a cabo la gestión para la conservación de las mismas— que podrían poner en riesgo la seguridad de los conductores.

“Aun cuando las autoridades estatales y municipales realizan esfuerzos constantes para el mantenimiento y rehabilitación de la infraestructura vial, es un hecho que las condiciones propias del clima, el uso continuo de las vías y el desgaste natural de los materiales pueden provocar, en determinados tramos, la aparición de baches, hundimientos y otros desperfectos que afectan la superficie de rodamiento”.

Aunque en la Ley de Vialidad y Tránsito del Estado de Chihuahua quedó establecido que para impugnar o cancelar infracciones se tiene que asistir a la las oficinas de tránsito, la iniciativa propuso solventar los problemas administrativos que deriven de un siniestro provocado por desperfectos en la infraestructura vial, dejando por sentada la impugnación de represalias cuando estas deriven de la infraestructura vial. 

En el decreto se el artículo 96 BIS a la Ley de Tránsito y Vialidad para el Estado de Chihuahua para que quede de la siguiente manera: “No se impondrá infracción ni sanción administrativa al conductor cuando el hecho de tránsito, incidente vial o siniestro derive directa e inmediatamente de la existencia de un bache, hundimiento, desnivel, desperfecto o daño en la infraestructura vial, siempre que dicha condición no se encuentre debidamente señalizada conforme a la normatividad aplicable”.

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