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Piden indulto para Erika

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Chihuahua.- Lucha Castro expresó su respaldo al llamado del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM) para solicitar la aplicación de la Ley de Indulto en favor de Erika, una mujer indígena sentenciada a prisión.

A través de un posicionamiento, Castro afirmó que el caso refleja la criminalización de la pobreza, así como la falta de perspectiva de género e intercultural en la impartición de justicia, al no considerar el contexto de violencia, discriminación y exclusión que enfrentaba la mujer.

La defensora recordó su trabajo durante más de dos décadas con mujeres dedicadas al comercio ambulante en Chihuahua.

Finalmente, hizo un llamado a respaldar la petición del CEDEHM para que el Poder Judicial de Chihuahua revise la condena bajo un enfoque de derechos humanos, al considerar que el indulto permitiría corregir una injusticia y evitar que sus consecuencias sigan afectando a la familia de Erika.

A continuación el comunicado: 

Hoy sumo mi voz al llamado del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM).

La distancia no es un obstáculo para denunciar la injusticia. El sufrimiento tiene rostro de mujer indígena.

No escribo estas palabras únicamente como abogada ni como defensora de derechos humanos. Las escribo desde la memoria.

Durante más de dos décadas fui Abogada de la Unión de Vendedores Ambulantes de El Barzón en Chihuahua. Caminé junto a mujeres que todos los días salían a las calles para intentar llevar alimento a sus hogares. Conozco esa realidad porque la viví a su lado.

He visto a mujeres indígenas cargar a sus hijas e hijos durante jornadas interminables. Las he visto soportar el frío del invierno y el calor abrasador del verano. Aguantar durante horas las ganas de ir al baño porque simplemente no hay dónde hacerlo. Resistir el hostigamiento de inspectores municipales. Vender con un bebé en brazos y una niña tomada de la mano. Regresar al anochecer, caminando o en transporte público, para comenzar otra jornada de trabajo: preparar alimentos, lavar ropa, cuidar a sus hijas e hijos y levantarse antes del amanecer para volver a sobrevivir.

Por eso el sufrimiento de Erika no me es ajeno.

Tiene el rostro de cientos de mujeres que conocí durante esos años. Mujeres para quienes vender en la calle nunca fue una elección libre, sino la última alternativa que les dejó un Estado que les negó oportunidades, protección, cuidados, educación, empleo digno y una vida libre de violencia.

Por eso me indigna profundamente que el sistema de justicia haya respondido con el derecho penal donde primero debió responder con derechos humanos.

El caso de Erika desnuda uno de los rostros más crueles del sistema de justicia en México: cuando el derecho deja de proteger a las personas más vulnerables y termina castigándolas por ser pobres, por ser mujeres y por ser indígenas.

Una sentencia nunca puede analizarse aislada de la vida de quien fue juzgada. Erika era una mujer indígena que sobrevivía en el comercio ambulante junto a su hija de 13 años. Antes de verla como una “delincuente”, las personas juzgadoras tenían la obligación constitucional y convencional de preguntarse por qué una madre había llegado a ese extremo. ¿Dónde estaba el Estado cuando sufría violencia? ¿Dónde estaban las políticas públicas que garantizaran trabajo digno, cuidado para su hija, protección y una vida libre de violencia?

La respuesta del Estado no fue protegerla. Fue encarcelarla.

Eso significa juzgar sin perspectiva de género. Significa ignorar que las decisiones de muchas mujeres están condicionadas por la violencia, la pobreza y la desigualdad estructural. Significa dictar una sentencia desde el privilegio, sin mirar el contexto que la Constitución mexicana, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención de Belém do Pará y el Convenio 169 de la OIT obligan a considerar.

Juzgar con perspectiva de género no significa absolver automáticamente a una mujer. Significa preguntarse si actuó en un contexto de violencia, subordinación, discriminación o pobreza extrema; comprender que la desigualdad condiciona las decisiones de vida; reconocer que la justicia no puede ser ciega frente a esas realidades.

Y tratándose de una mujer indígena, esa obligación era aún mayor. Las personas juzgadoras debían incorporar también una perspectiva intercultural, reconociendo que la discriminación por ser mujer, indígena y pobre no se suma: se multiplica.

Esta sentencia también revela un racismo estructural profundamente arraigado en el sistema de justicia. Porque cuando la pobreza tiene rostro indígena, con demasiada frecuencia el derecho penal sustituye a la justicia social.

El Estado no puede primero abandonar a una mujer indígena, negarle oportunidades, guarderías, protección frente a la violencia, salud, trabajo digno y políticas sociales y, después, presentarse vestido de juez para castigarla por la manera en que sobrevivió.

Eso no es justicia.

Es la criminalización de la pobreza con rostro de mujer indígena.

Y hay una pregunta que el Poder Judicial de Chihuahua no puede eludir:

¿A quién protegieron realmente?

Porque si la intención era proteger a una adolescente, terminaron dejándola seis años sin su madre.

Si el propósito era proteger a la infancia, condenaron también al hijo que nació durante el encarcelamiento de Erika, quien tuvo que vivir sus primeros años dentro de un centro penitenciario y después ser separado de ella.

Una adolescente y un niño cargaron una condena que jamás les impuso un juez, pero que padecieron todos los días.

Esa es la verdadera dimensión del daño.

Cada página de esa sentencia refleja la enorme distancia entre quienes administran justicia y quienes sobreviven todos los días en las calles. Es una sentencia escrita desde el privilegio para condenar la pobreza. Una resolución que confundió la desesperación con criminalidad y castigó a una madre donde el propio Estado había fracasado en protegerla.

El Estado primero abandonó a Erika frente a la violencia, la pobreza y la exclusión. Después la procesó. Finalmente la condenó. Es decir: castigó las consecuencias de su propio abandono.

Eso es violencia institucional.

Eso es racismo.

Eso es criminalizar la pobreza.

Hoy el CEDEHM impulsa la aplicación de la Ley de Indulto.

Conviene explicar que el indulto no significa negar que existió una sentencia. Es una facultad extraordinaria del Estado para extinguir la pena cuando mantener a una persona en prisión resulta contrario a la justicia, la equidad y los derechos humanos. Es un mecanismo excepcional para corregir situaciones en las que la aplicación rígida de la ley produce resultados profundamente injustos.

En el caso de Erika, el indulto representa la posibilidad de reparar, aunque sea parcialmente, una condena que ignoró la violencia de género, el racismo estructural, la discriminación y la pobreza extrema que marcaron su vida.

La libertad de Erika no devolverá los seis años perdidos.

No devolverá la adolescencia que vivió su hija lejos de su madre.

No devolverá los primeros años que un niño pasó entre los muros de una prisión.

No devolverá los abrazos, las noches de angustia, los cumpleaños ausentes ni el tiempo que ninguna sentencia podrá reparar.

Pero sí puede impedir que esta injusticia siga prolongándose.

Por eso me sumo al llamado del CEDEHM.

Les invito a informarse, a compartir este caso y a exigir que el Poder Judicial de Chihuahua revise esta condena conforme a la perspectiva de género, la perspectiva intercultural y los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.

Porque una justicia que separa a una hija de la madre que decía proteger y condena también a un niño inocente a crecer entre los muros de una prisión ha dejado de ser justicia.

Cuando el Estado convierte la pobreza en delito y la maternidad en evidencia criminal, no sólo fracasa el Poder Judicial: fracasa el Estado de derecho, fracasa la democracia y fracasa nuestra humanidad.

Mi sororidad para Ericka y su familia

Mi reconocimiento al equipo del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres

Lucha Castro

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